viernes, 1 de marzo de 2019

Declarado inconstitucional el uso general de la cámara oculta en el periodismo

El tribunal de garantías solo admite su utilización en casos “excepcionales”.

El País, España.- Con la emisión de un reportaje en Espejo Público (Antena 3) como telón de fondo, el Tribunal Constitucional ha roto este febrero con la línea trazada por el Supremo y ha marcado los nuevos límites para el uso de la cámara oculta en tareas periodísticas. En una sentencia difundida este viernes, los magistrados de la Sala Primera han concluido que, “por regla general”, su utilización vulnera la Ley Fundamental. “Porque implica una grave intromisión ilegítima en los derechos fundamentales a la intimidad personal y a la propia imagen”, destaca el tribunal de garantías, que solo abre las puertas a que se recurra a ella en situaciones “excepcionales”.


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